jueves, 26 de julio de 2012

Lote 56 podría volver a manos del Perú


Perupetro resaltó que el Estado podría rescindir contrato con el Consorcio Camisea si éste no subsana la diferencia del pago de exportación del Gas Natural en poco menos de los próximos 60 días.

El presidente de Perupetro, Aurelio Ochoa, resaltó que en el diferendo que mantiene con el Consorcio Camisea por la reexportación del Gas Natural peruano a otros mercados de destinos diferentes a lo declarado por el privado, “nunca renunció” a su intención de dar por concluido el contrato entre el Estado y el Consorcio.

El funcionario resaltó que si bien Perupetro, empresa que representa al Estado, buscó la conciliación con el Consorcio –mediante la conformación del Comité Técnico de Conciliación- esto no se ha logrado; por ello resaltó que en carta notarial del 19 de julio enviada al Consorcio reiteró el incumplimiento de contrato del privado y su intención de dar por concluido el contrato si es que en un plazo de 60 días desde la fecha (19 de julio) el privado no subsana el problema.

“Si es que el privado no abona (en un plazo de 60 días) la diferencia de la regalía al Estado por la reexportación del gas del Lote 56 automáticamente se anularía el contrato”, dijo Ochoa.

Y es que el 19 de julio de 2012, Perupetro mediante carta notarial Nº GGRL-SUP-GFSA-0826-2012 responde al Consorcio la inviabilidad contractual de la prórroga solicitada por el Consorcio (pedía 15 días adicionales para conformar el Comité Técnico de Conciliación). Como informó LA PRIMERA el Comité no se formó pues ambas partes (Perupetro y el Consorcio) no se pusieron de acuerdo para elegir al tercer representante.

Por ello en la carta notarial del 19 de julio, Perupetro dice: “(…) Asimismo, habiéndose agotado la vía de la CTC (Comité Técnico de Conciliación), y no habiendo el Contratista (Consorcio) cumplido con pagar la regalía conforme lo señalado (…) reitera el incumplimiento contractual y su intención de aplicar el segundo párrafo de la cláusula 22.1 del Contrato de Licencia (la anulación del contrato en los próximos 60 días), a no ser dentro de este plazo el referido incumplimiento sea subsanado o que, a satisfacción de Perupetro se demuestre que esté en vía de subsanación”

CIADI A LA VISTA
Ochoa subrayó que dentro de los primeros 30 días (contados a partir del 19 de julio), el Consorcio tiene el derecho –según el acápite 21.2 del contrato- de acudir a un arbitraje internacional para resolver el diferendo. Si el Consorcio Camisea apela al arbitraje queda suspendido el periodo de 60 días para que pague la diferencia de la regalía por la reexportación o caso contrario se procede a la nulidad del contrato.

Todo indica que esa es la carta bajo la manga que usará el Consorcio Camisea que hasta ahora se niega a pagar la diferencia (según algunas fuentes la defraudación sería aproximadamente 50 millones de dólares). Y es que en la Carta PPC-12-0346-GPB del junio enviado por el Consorcio a Perupetro el privado no solo le pide a una prórroga de 15 días para la conformación del Comité Técnico de Conciliación, también informó su decisión de acudir a un arbitraje internacional.

“Todo indica que nos vamos a un arbitraje internacional y Perupetro ya está listo para defender los intereses nacionales. La única manera de detener esto es que el Consorcio pague la diferencia de precios por la reexportación a otros mercados más los intereses”, enfatizó Ochoa.

La diferencia que deberá pagar el Consorcio Camisea en relación a las verdaderas exportaciones, se calculará en base al valor del máximo marcador a nivel mundial que rige para el Gas Natural (marcador JKM que oscila entre 17 dólares por Millón de BTU), incluyendo los intereses retroactivos al día en que produjo LA PRIMERA reexportación, en caso de no determinarse los mercados de destino final, afirmaron.

El DESACUERDO
El desacuerdo entre ambas partes se dio cuando la consultora Galway, contratada por Perupetro en setiembre de 2011 para supervisar el proceso de ventas de Gas Natural al exterior, descubrió que una parte de los envíos (10 embarcaciones) que aparecían consignados por parte del Consorcio como dirigidos al mercado estadounidense se descargaron en otros lugares como los países asiáticos.

De esta manera, el Consorcio pagó menos regalías al Estado, basado en el marcador Henry Hubb que determina un precio entre US$ 2 y US$ 4 por millón de BTU, cuando el precio en Asia oscila entre US$ 15 y U$$ 17 por millón de BTU. Así, la defraudación tributaria en contra del Estado sumaría US$ 50 millones.

Según el Consorcio Camisea la regalía que paga al Estado se determina en base al lugar donde se desembarca el Gas Natural, por ello éstos afirman que si luego que se desembarcó en un puerto y luego el gas fue reexportado por otros a otros países no es su responsabilidad.

Mientras que Perupetro afirma que la regalía que recaudará el Estado por la exportación del Gas Natural se determinará en base al mercado final de real consumo del gas, es decir, donde realmente se consumirá el insumo y no donde se desembarca.

Ahora sería el CIADI el organismo que se encargará de resolver este impase.

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