martes, 12 de julio de 2016

Dieciséis proveedores sancionados recibieron medidas cautelares para seguir contratando con el Estado


En el primer semestre del año, son 16 las nuevas medidas cautelares otorgadas a proveedores

El Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE informó, a través del Observatorio OSCE, que al primer semestre del presente año, 16 proveedores pueden seguir contratando con el Estado tras haber obtenido medidas cautelares del Poder Judicial.

En el periodo comprendido entre el 12 de mayo y el 12 de junio, tres nuevos proveedores obtuvieron medidas cautelares, luego de haber sido sancionados por diferentes infracciones a la Ley de Contrataciones del Estado y podrán continuar siendo participantes, postores o contratistas en procedimientos de contratación pública.

Las medidas cautelares fueron otorgadas por juzgados de Lima a las empresas Correos del Perú S.A.C.; Técnica y Proyectos S.A. Sucursal Perú; y Agua Alcantarillado y Obras S.A.C. Agalobras.

En el Observatorio OSCE se encuentra publicada la fecha de vigencia de las medidas cautelares, los Juzgados que las otorgaron, nombre del juez, el N° de Expediente y el N° de Resolución de Sanción impuesta por el Tribunal de Contrataciones al que hace referencia la medida cautelar.

Acerca del Observatorio OSCE:

El Observatorio OSCE es una herramienta de transparencia pública que permite al usuario y las entidades públicas conocer qué proveedores han sido sancionados. Esta herramienta fue implementada y puesta en funcionamiento en el año 2013 como parte del Plan de Acción Anticorrupción 2015, bajo la Coordinación General de la Comisión de Alto Nivel Anticorrupción – CAN

El Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE) es un organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, con personería jurídica de derecho público, goza de autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y financiera.

Es el organismo encargado de velar y promover que las Entidades realicen contrataciones eficientes, bajo los parámetros de la Ley, su reglamento y normas complementarias, la maximización del valor de los fondos públicos y la gestión por resultados. Asimismo, efectuar acciones de supervisión de oficio, de forma aleatoria y/o selectiva, respecto de los métodos de contratación contemplados en la Ley, salvo las excepciones previstas en el Reglamento. Igualmente, tiene la función de administrar y operar el Registro Nacional de Proveedores – RNP, desarrollar, administrar y operar el Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado – SEACE. También se encarga de administrar y operar el Registro Nacional de Árbitros y el Registro Nacional de Secretarios Arbitrales, entre otras que están reguladas en el artículo 52 de la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento.

No hay comentarios:

Publicar un comentario