lunes, 26 de septiembre de 2016

Corte Suprema emitió fallo que permitirá a empresas reducir salario a trabajadores


Un fallo de la Corte Suprema permitirá que las empresas reduzcan el sueldo de sus trabajadores. Esto será posible mediante la sentencia laboral 489-2015 que anuló la precedente (1781-2005), la cual imposibilitaba reducir los sueldos y remuneraciones, incluso cuando fuese consensuada.

En el caso que el empleador decida reducir el sueldo de forma unilateral debe tener en cuenta, primero que todo, que es necesario que haya un motivo de por medio que avale la decisión. Así lo explicó el abogado laborista, José Echandía, a Canal N.

“Si la empresa está pasando por un mal momento y logra ponerse de acuerdo con los trabajadores o el sindicato para rebajar los sueldos y así impedir los despidos, eso sí es valido y en determinadas circunstancias. Pero el empleador debe demostrar que está en una situación deplorable. Si no lo puede demostrar no puede despedir a nadie ni menos hacerlo de manera unilateral”.

Pero lo polémico de la medida es que en caso de no haber un acuerdo, la reducción de puede llevar a cabo de igual manera, siempre y cuando se mantenga por arriba de la remuneración mínima vital.

José Echandía advirtió que los fallos de la Corte Suprema en el Perú no tienen connotación obligatoria, son solo referenciales, por lo que podría plantearse el caso de que se revierta la medida.

Qué dicen los expertos


El abogado laboralista Jorge Toyama, señaló a Perú21 que los trabajadores no deben alarmarse dado que “lo primero que dice la sentencia, expresamente, es que la reducción de las remuneraciones se da en un marco de crisis económica de la empresa, es decir en proceso de disolución y liquidación”.

En el caso que el empleador decida reducir el sueldo de forma unilateral debe tener en cuenta, primero que todo, que es necesario que haya un motivo de por medio que avale la decisión. Así lo explicó el abogado laborista José Echeandía en Canal N:

“Si la empresa está pasando por un mal momento y logra ponerse de acuerdo con los trabajadores o el sindicato para rebajar los sueldos y así impedir los despidos, eso sí es valido y en determinadas circunstancias. Pero el empleador debe demostrar que está en una situación deplorable. Si no lo puede demostrar no puede despedir a nadie ni menos hacerlo de manera unilateral”.

Pero lo polémico de la medida es que en caso de no haber un acuerdo, la reducción de puede llevar a cabo de igual manera, siempre y cuando se mantenga por arriba de la remuneración mínima vital.


Echandía advirtió que los fallos de la Corte Suprema en el Perú no tienen connotación obligatoria, son solo referenciales, por lo que podría plantearse el caso de que se revierta la medida.

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