NUEVO ATENTADO TERRITORIAL CONTRA SECHURA
Con fecha 5 de mayo el Ejecutivo remitió a la
Presidencia del Congreso de la República el Proyecto de Ley N° 1090-2011,
mediante el cual se delimita y redelimita la provincia de Piura y sus distritos
Tambo Grande, Las Lomas, Catacaos, La Arena, Tallán, Cura Mori y La Unión;
asimismo, crea el distrito “26 de Octubre” con su capital el núcleo San Martín.
Este proyecto de ley no tendría nada de extraño pues
el ejecutivo está facultado para reordenar, crear y habilitar nuevas
jurisdicciones políticas que permitan una mejor administración en todo el
territorio nacional; sin embargo, esta iniciativa legal encierra un abierto
despojo que Sechura no está dispuesto a tolerar.
En efecto, cerca del 60% de
territorio que le pertenece al distrito de Vice se pretende anexarlo, una
porción al distrito La Unión, y otro, a la provincia de Paita. Inaudito esto último
por cuanto se le está otorgando validez al art. 3ero. de la Ley N° 26290 -que
crea la provincia de Sechura-, y que, como se sabe, está cuestionado debido a
una serie de omisiones y contradicciones de carácter legal, así como errores
cartográficos que lo hacen inaplicable conforme lo dejó claramente establecido
el Tribunal Constitucional mediante resolución firme de fecha 10.JUL.07 (Exp.
N° 2006-01659-PC/TC) en la acción de cumplimiento iniciado, precisamente, por
la Municipalidad de Paita; en consecuencia, aún está pendiente para que el
Congreso de la República se pronuncie en forma definitiva sobre los limites
territoriales de la provincia de Paita.
Sobre este particular cabe de anotar que con motivo
del Saneamiento y Organización Territorial de la mencionada provincia,
dispuesto por D.S. N° 374-2003-PCM del 23.NOV.03, el Gobierno Regional de
Piura, organizó el Expediente Técnico respectivo de acuerdo a los lineamientos
establecidos en la Ley N° 27795 y su reglamento. Este expediente -en el cual se incluía un anteproyecto de delimitación
territorial- fue elevadoa la Dirección Nacional Técnica de Demarcación
Territorial de la Presidencia del Consejo de Ministros –PCM, el cual después de
evaluarlo, debatirlo y aprobarlo, elaboró el Proyecto de Ley N° 713/2006-PE el
que fue remitido a la Comisión de Descentralización del Congreso de la
República para su pronunciamiento.
Dictaminado el proyecto, el que mereció
aprobación, con fecha 10 de octubre del 2010 la referida Comisión lo elevó al
Pleno del Congreso para que sea puesto en agenda y se fije fecha para su
posterior debate. El 13 de ese mismo mes se pone en agenda dicho proyecto para
que sea visto por el Pleno del Congreso; sin embargo, sorprendentemente, ese
mismo dia los portavoces retiran su firma motivo por el cual no se votó el
proyecto en el dia señalado.
Ahora bien, en lo que se refiere al Proyecto
1090-2011, lo grave del caso es que el Ejecutivo en el oficio de remisión (N°
103-2012-PRE) solicita se tramite dicho proyecto con el carácter de URGENTE; es
decir, se vea lo más pronto en el Pleno del Congreso. Y ese es el peligro, pues
este proyecto puede votarse integramente, tal y conforme está concebido por el
Ejecutivo.
Es por ello que tan pronto se tuvo conocimiento de
lo proyectado por el Poder Ejecutivo, una delegación encabezada por el Alcalde
provincial de Sechura, Bernardo Pazo Nunura, y el de Vice, Agustín Eche
Temoche, se constituyeron de inmediato a la capital de la República y lograron
entrevistarse con los señores congresistas Juan José Díaz, Santiago Gastañaduí
y Karla Scheafer, así como funcionarios del PCM, haciéndoles ver de la tremenda
arbitraiedad que se pretendía cometer contra Sechura. Se les manifestó
claramente que Sechura apoyaba la creación del nuevo distrito "26 de
octubre", pues respondía a una necesidad imprescindible para el desarrollo
de los pueblos; sin embargo, en dicho proyecto de ley, subrepticiamente, se
pretendía arrebatar territorios que por ley y por historia siempre han
pertenecido a Sechura.
Que si bien era de urgencia la creación del nuevo
distrito, este dispositivo debía ser modificado teniendo en consideración que
aún no se había resuelto los límites de la provincia de Paita: y en ese
sentido, el art. 4to. debía merecer un mejor estudio para no caer en
contradicciones legales. Al respecto, lo aconsejable era que este dispositivo
merecía ser sustituido por otro en que se estableciera que los límites
distritales de la provincia de Piura, -específicamente en lo concerniente a la provincia
de Paita y al distrito La Unión-, estarían supeditados a lo que se determine en
el Saneamiento y Organización de la referida provincia paiteña; o en todo caso,
que las delimitaciones de Piura y Paita sean vistas en forma conjunta, y nó por
separado como hoy se pretende. Los señores congresistas prometieron estudiar
con detenimiento el tema para evitar se cometa arbitrariedad alguna con
Sechura.
Toda la población sechurana está a la expectativa de
lo que se resuelva en este tema, y es de esperar que la decisión final no
afecte un milímetro su integridad territorial. La historia, el derecho y la
razón respaldan a Sechura.
RaúlD. Mendoza Agurto
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