jueves, 27 de julio de 2017

LOS TRABAJADORES MINEROS NO TIENEN BENEFICIOS TRIBUTARIOS, LAS EMPRESAS SÍ


¡LA HUELGA MINERA SE JUSTIFICA!

ESCRIBE: JORGE MANCO ZACONETTI

La actividad minera secreta un crecimiento empobrecedor, tanto por la débil contribución fiscal medida por el derrumbe del impuesto a la renta del sector metálico que se hace evidente con los menores precios de los metales a partir del 2014 para adelante con una relativa recuperación en el primer semestre 2017.

Esta débil contribución fiscal tiene su explicación por los llamados beneficios tributarios que gozan las empresas mineras a través de una serie de partidas deducibles como las depreciaciones, amortizaciones, deterioro de activos, gastos de exploración hasta el lonchecito del gerente. 

Es más, el nuevo marco tributario que estableció las nuevas regalías, el gravamen e impuesto especial que fueron aplicadas sobre el margen operativo, al principio del gobierno anterior (oct. 2011) en sustitución del impuesto extraordinario a las ganancias, tienen la consideración de gastos tributarios, por tanto también se deducen y minimizan la renta imponible, para determinar el impuesto a la renta.

Esto explica el deterioro y la menor participación de los trabajadores mineros en las utilidades que por ley deben distribuirse como el 8 por ciento de la renta neta imponible. En tal sentido, existe una gran diferencia entre la utilidad antes de impuesto según el estado de ganancias y pérdidas (Estado de Resultados) y otra es la realidad de la renta neta imponible, sujeta a una serie de deducciones de partidas que se consideran gasto tributario.

En tal sentido, desde el 2014 con la disminución de los precios de los metales, los menores ingresos y utilidades de las empresas, se reduce la participación de los trabajadores en las utilidades. Sin embargo mientras las empresas mineras, en especial aquellas que han firmado con el estado peruano los denominados contratos de estabilidad jurídica, tributaria y administrativa tienen “escudos fiscales” para enfrentar los años de vacas flacas, los trabajadores producen más, con más fallecidos por accidentes de trabajo, con menores salarios y una significativa reducción en la participación de utilidades.

Por tanto, si en los años de bonanza un trabajador obrero de la gran minería podía percibir por concepto de participación en las utilidades por ejemplo 100,000 soles en un año, en la coyuntura de “vacas flacas” si percibe 30,000 soles es mucho, pues en algunas empresas que recién han iniciado la producción de cobre como Las Bambas, Chinalco y Constancia, generan “pérdidas tributarias” pues no tienen utilidades imponibles pues tienen cuatro años para la recuperación de sus inversiones.

Peor es la realidad de los trabajadores de las llamadas “empresas de contrata” minera donde muchas de ellas constituyen empresas de fachada, pues en realidad los titulares son las mismas empresas mineras que adoptan formalmente otros nombres.

En estas empresas de contratas, los trabajadores  que realizan las mismas actividades laborales que los trabajadores de planilla estable, que comparten incluso la misma movilidad y comedor, los salarios son mucho menores y su participación en las utilidades es mínima, una fracción en relación a la que perciben los trabajadores estables.

Así, mientras las empresas mineras titulares de las concesiones y contratos de estabilidad jurídica gozan de una serie de beneficios que serían impensables en los Estados Unidos de Norteamérica, Canadá o Australia, en nuestro país tienen escudos fiscales y abonos mínimos del impuesto a la renta, a pesar de los mayores volúmenes extraídos de los minerales que se obtienen para compensar los menores precios. (Al respecto ver cuadros) 

Ello es especialmente grave cuando se analiza el impuesto a la renta por la actividad de la minería metálica y la devolución de los impuestos internos a las empresas mineras, especialmente el impuesto general a las ventas (IGV) en razón del principio de la contabilidad internacional que no se exportan impuestos.

En tal sentido, el 18 por ciento del IGV por los bienes y servicios pagados por las empresas mineras que son necesarios en la etapa pre operativa y comercial, deben ser devueltos a las empresas como crédito fiscal al menos, con lo cual se profundiza la pobreza fiscal del estado para satisfacer las necesidades sociales mínimas como educación y salud de calidad. Ello explica en parte la huelga de médicos y maestros que tiende a extenderse en el país.

Especialmente grave es el período comprendido entre el 2012 al 2016, marcado por un derrumbe del impuesto a la renta captado por el fisco que dicho sea de paso se constituye en la base del canon minero (50 %). Por tanto, el canon minero que debía distribuirse a más tardar desde junio del 2017 teniendo como base el impuesto a la renta efectivamente pagado por los titulares mineros por el ejercicio fiscal del 2016, prácticamente será irrisorio, enano, afectando a las regiones mineras como Arequipa, Cuzco, Ancash, Tacna, Moquegua entre otras.

Así, en el cuadro “Pago de Impuesto a la Renta Regularizado Vs. Devolución de Tributos Internos para la Actividad Minera Metálica” expresado en millones de soles se puede captar la pobreza fiscal en relación al sector más rentable de la economía peruana.

En el año 2012 el impuesto a la renta captado por el fisco sumó los 6,456 millones de soles mientras los montos devueltos a las empresas por concepto de IGV fueron de 1,959 millones de soles. En el 2015 con la maduración de los nuevos proyectos mineros y las ampliaciones efectuadas, sumado a los beneficios tributarios, el impuesto a la renta llegó a los 1,211 millones de soles, mientras la devolución de impuestos trepó a los 2,385 millones de soles; todo ello gracias al marco tributario, los menores ingresos y utilidades empresariales.

El desastre se verifica en el 2016 donde el impuesto a la renta pagado por la minería metálica se desplomó a los 894 millones de soles, sin embargo la devolución de impuestos indirectos como el IGV a las empresas fue de 5,889 millones de soles, es decir más de seis veces más. 

Este es el efecto del nuevo marco tributario, los menores ingresos de exportación y los beneficios tributarios. En tal sentido, estas son las consecuencias de la “negociación amigable” a la cual llegó el Consejo de Ministros en setiembre del 2011, presidido por el inefable Salomón Lerner, teniendo como Ministros de Economía a Luis Castilla y de Energía y Minas a Herrera Descalzi, todos los cuales debieran ser citados por el Congreso de la República para las explicaciones respectivas por el evidente faneón minero, pues si las regalías mineras se hubiesen mantenido como el 3 por ciento de los ingresos de ventas, el fisco tendría actualmente mayores ingresos.

En conclusión, en la presente coyuntura el estado tiene que rascar la olla de los ingresos fiscales para devolver el IGV a las actividades de exportación mientras se des acelera la economía, aumenta el déficit fiscal, y las presiones sociales se generalizan por mayores sueldos y salarios en los maestros, médicos, empleados y especialmente de los trabajadores mineros que experimentan en carne propia la sobrexplotación a pesar de ser los forjadores de la riqueza minera


“Gracias al principio contable que no se exportan impuestos, se deben devolver los impuestos indirectos como el IGV, el estado no tiene los suficientes recursos para financiar las necesidades básicas de educación, salud, y seguridad. Es hora de pensar en un impuesto flat a las exportaciones”

“El lado oscuro del aumento de la producción minero metálica especialmente del cobre, hierro y plata es la sobreexplotación de la fuerza de trabajo expresado en los bajos salarios, mínima participación en las utilidades, y las precarias condiciones de trabajo. Solamente en el período enero a junio del 2017 en el sector se reconocen oficialmente 17 trabajadores fallecidos.




Ex servidores públicos que no tuvieron poder de decisión pueden ser postores o contratistas


· [goo.gl/aCChqX]Opinión N° 140-2017/DTN


Un ex servidor público no se encuentra impedido de ser participante, postor, contratista y/o subcontratista en la Entidad de la cual formó parte –desde el momento en el que deja el cargo y hasta 12 meses después de producido dicho evento- cuando por la función desempeñada no hubiera tenido o no tenga influencia, poder de decisión, o información privilegiada sobre el proceso de contratación o cuando su participación no le genere un conflicto de intereses.

Así lo establece la Opinión N° 140-2017/DTN de la Dirección Técnico Normativa –DTN del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE, que detalla que tal impedimento se da para participarúnicamente en las contrataciones de la Entidad de la que formó parte, siempre que por la función desempeñada hubiera tenido o tenga influencia, poder de decisión, o información privilegiada sobre el proceso de contratación, o cuando su participación le genere un conflicto de intereses, conforme al numeral 11.1 del artículo 11 (literales e y f) de la Ley de Contrataciones del Estado. 

martes, 4 de julio de 2017

Proceso de masificación del gas natural en Piura fue totalmente irregular desde su inicio

Freddy Sarmiento Betancourt, Congresista y coordinador del grupo de trabajo de Petróleo, Modernización de la Refinería de Talara, Petroperú, estado del Oleoducto Nor Peruano y Masificación del Gas Natural en Piura.

● Congresista  Sarmiento, señala que en las bases nunca se dijo que  la concesión de Pariñas ya tenía un distribuidor que tenía un juicio con el Estado

● Se ha detectado que todas las empresas que tienen la distribución del gas natural tienen una ligazón con una empresa colombiana y eso es un monopolio a nivel nacional prohibido por la Constitución

● Lo que le queda al Ministerio de Energía y Minas es admitir que el proceso judicial que le da la razón a GASTALSA es el correcto

Por: Evaristo Chunga

https://pe.ivoox.com/es/masificacion-del-gas-natural-piura-totalmente-irregular-freddy-audios-mp3_rf_19618493_1.html

Hemos llegado a la conclusión que se ha venido haciendo un proceso  totalmente irregular desde su inicio porque en las bases nunca se dijo que  la concesión de Pariñas, en la provincia de Talara ya tenía un distribuidor y que este distribuidor tenía un juicio con el estado y en las bases nunca se puso esa observación por lo que los participantes en el proceso de concesión nunca iban a poder ingresar a Talara, expresó Freddy Sarmiento Betancourt, Congresista y coordinador del grupo de trabajo de Petróleo, Modernización de la Refinería de Talara, Petroperú, estado del Oleoducto Nor Peruano y Masificación del Gas Natural en Piura.

Las declaraciones las brindó, Sarmiento Betancourt en Radio Cutivalú de Piura, calificando como una irresponsabilidad por parte del gobierno toda esta situación por lo que en tal sentido  el Grupo de Trabajo acordó solicitar que se investiguen los procesos de concesión del gas natural de Piura, pues existía una resolución del Poder Judicial que le devuelve la distribución del gas natural en Talara, a la empresa Gastalsa.

Sostiene el legislador Betancourt que lo que le queda al Ministerio de Energía y Minas es admitir que el proceso judicial de Gastalsa es el correcto, aunque la procuraduría del MEM ha hecho una aplelación al fallo y esto tiene que seguir el debido proceso hasta que llegue a la Corte Suprema. ¿Cuánto tiempo va a demorar? ¿3, 5, 7, 10 años va a demorar  para que el gas natural llegue a Piura?

RECOMENDACIÓN

Estamos recomendando señala, Sarmiento Betancourt,  que se llame a un nuevo proceso y que excluye a Talara hasta que se resuelva en el poder judicial, de esta manera en un año ya tendríamos la masificación del gas natural en Piura.

MÁS DATOS

Congresista Sarmiento dijo que teniendo en cuenta que existe gas natural en Paita y Sechura, no es conveniente construir una tubería desde Talara para distribuir el gas en la provincia de Piura ya que la construcción e instalación de la tubería representa dentro de la estructura de costos el 60 %. Osinergming no ha hecho su trabajo.

La Contraloría General de La República, a través del Contralor Edgar Alarcón anunció que se va a realizar una acción de control sobre los contratos de la masificación del gas natural

Primer Juzgado Especializado Civil de Talara declara Fundada demanda Contencioso Administrativo a favor de GASTALSA y determinó conceder la Medida Cautelar Innovativa a favor de GASTALSA.

El Primer Juzgado Especializado Civil de Talara mediante Resolución N° 6 del 26 de abril, declara conceder la Medida Cautelar Innovativa a favor de GASTALSA interpuesta por Edgar David García Niño, en representación de Gastalsa contra el Procurador Público de La Dirección General de Hidrocarburos, Procurador Público de Osinergmin, Procurador Público del Ministerio de Energía y Minas.
En consecuencia resuelve cumpla la parte demandada con otorgar la concesión de gas natural por ductos en el distrito de Pariñas, provincia de Talara a favor de la empresa de Gas de Talara S.A.

 La responsabilidad de los gobiernos de Ollanta Humala y Pedro Pablo Kuczynski en la entrega de la concesión de la distribución de gas en Piura a la firma Gasnorp, desconociendo que existía un proceso contencioso contra el MEM y el Osinergmin en curso por la caducidad de dicho servicio en el distrito de Pariñas.


lunes, 3 de julio de 2017

Se necesita que se explique la diferencia abismal entre los volúmenes de extracción y exportación y valor de los fosfatos de Bayóvar

Ex Senador de La República, Andrés Luna Vargas

Por: Evaristo Chunga

https://pe.ivoox.com/es/volumnen-extraido-exportado-fosfatos-bayovar-audios-mp3_rf_19604327_1.html

Contrato se suscribió el 2005 cuando era presidente Alejandro Toledo y Pedro Pablo Kuczynski,  Ministro de economía y cabeza de Proinversión entidad del estado que a nombre de todos nosotros suscribió el contrato en esas condiciones.

En entrevista brindada al programa dominical PUNTO DE ENCUENTRO que se transmite en Radio Cutivalú de Piura, Andrés Luna Vargas, ex Senador de la República, compartió información sobre los volúmenes de fosfatos que se extraen y se importan por parte de la empresa VALE, a través de su subsidiario Miskimayo.

Luna Vargas, señaló que la información es la que se hace a través de del Muelle minero de Bayóvar y el control de aduanas de Paita  y que a su vez es registrado en la Sunat y que comprende  del año 2011 a 2017. Indicó Luna Vargas, que el volumen extraído es de 57 millones 781,000 toneladas y el volumen exportado de 20 millones 719, 139 toneladas.

¿Cuál es la explicación de la diferencia abismal entre lo extraído y lo exportado?

Esa merma de 65 % por año dice, Luna Vargas, podría tener una explicación, cuando se extrae se hace bajo la forma de roca fosfórica al natural, que es procesada en la planta de la empresa minera para quitarle las impurezas.

Pero cuando he examinado he logrado conocer que durante el primer año de explotación, en el año 2010 la merma fue de 37 %. Por lo que surge preguntas: ¿Estas cifras son realmente verdaderas, valederas?, ¿Se ha hecho la fiscalización que corresponde por el ente correspondiente?, ¿Proinversión, la Sunat en relación al pago de regalías por impuesto a la renta ha tomado nota de esta diferencia?

Luna Vargas agrega que el valor total exportado el 2010 a feb 2017 asciende a 2117, millones 402,000 mil dólares. De los cuales tal como la empresa minera lo hacen conocer en un comunicado a través de los medios públicos, indican que se han entregado 140 millones de dólares transferidos para el cumplimiento de sus compromisos contractuales, lo que resulta una cantidad muy pequeña.Es un aproximado de 6 dólares por tonelada que se exporta, es la que nos dejan en la región.

Resolución del contrato

He examinado el contrato y en la cláusula 14.1 Causales de Resolución del Contrato, señala que entre los casos en que pueda invocarse la resolución del contrato, es la presentación de información falsa. Si acaso no se ha dicho la verdad, entonces hay condiciones para invocar esta cláusula del contrato y de esta manera estar en mejores condiciones no solamente para contar con los recursos que nuestra región necesita sino para  la renegcoiación con los nuevos dueños, ya que vale y la subsidiaria Miskimayo de Brasil han dejado de ser los dueños.

Ahora es la empresa Mosaic  S.A  con sede principal en EE. UU.  es la empresa que en el comercio de los fertilizantes fosfatados ocupa el número uno en el mundo.

De modo que tenemos que manejar esta información de manera seria y consistente para proponerle a la empresa Mosaic , darle valor agregado a los fosfatos, para darle valor a toda la riqueza que atesora parte del territorio de la Comunidad Campesi na San Martín de Sechura y  la provincia Sechura. Por lo que Sechura podría convertirse en la capital de los fertilizantes completos para todo tipo de suelo y para todo tipo de cultivo por su contenido de fósforo, potasio y nitrógeno.

Luna Vargas, señala que el contrato se suscribió 2005 cuando era presidente A. Toledo y PPK era ministro de economía y cabeza de Proinversión, entidad del estado que a nombre de todos nosotros suscribió ese contrato en esas condiciones.


Situación Actual:
VOLUMEN Y VALOR EXTRAIDO Y EXPORTADO DE CONCENTRADO DE FOSFATO Y/O ROCA FOSFORICA

PERIODO
INGEMMET1
PERIODO
SUNAT – ADUANAS2
Valor FOB ($)
Cantidad Extraído/1(TM)
Valor FOB ($)
Peso Neto/2(TM)

Ago - Dic 2010

1’134,000

May– Dic 2010
     44’988,296
720,286
Enero 2011 a Enero 2017
1,751’067,000
57’781,000
Enero 2011 a Enero 2017
2,059’829,161
20’719,139
/1   Equivale al volumen bruto, contiene impurezas
/2   Volumen exportado de concentrado de fosfato y/o roca fosfórica desde el Muelle minero de Bayovar, 94.4% del total.
Fuente: 1  ESTAMIN-DGM/DPM;  Gerencia de Estadística – INEEE – SUNAT

  De 63% el año 2010 de peso neto exportado, se pasa 35% para los siguientes años. (¿?)
De 9 millones 500 mil TM extraídas entre enero 2011 y Dbre. 2016, exportan 3 millones 370 mil TM.
El valor total FOB del 2010 a Feb.2017 es de US$ 2,117,402,475, habiendo transferido según Comunicado público de la Empresa Miski Mayo US$ 140 millones, por el cumplimiento de sus compromisos contractuales.

COMPARATIVO DEL VALOR PROMEDIO POR TM
DE ACUERDO A FUENTE DE INFORMACION
(Enero 2011 – Enero 2017)


INGEMMET
SUNAT – ADUANAS
VALOR PROMEDIO POR TM (FOB/TM)
US$ 30.30/TM
US$ 99.41/TM

De US$ 30.30 TM extraída, se pasa a US$ 99.41 TM neto exportado. (¿?)
US$97.58 TM, considerando el valor total FOB exportado del 2010 a Feb.2017

COMPARATIVO VOLUMEN EXTRAIDO, EXPORTADO Y MERMA
DE ACUERDO A FUENTE DE INFORMACION


INGEMMET - EXTRAIDO
SUNAT - EXPORTADO
MERMA
Año 2010
1’134,000 TM
720,286 TM
36%
Enero 2011 a Enero 2017
57’781,000 TM
20’719,139 TM
64%
DATOS


1.- La Cía VALE ha firmado un acuerdo de compra de acciones con The Mosaic Company, incluyendo su posición accionaria en Bayovar al 100%, que deberá concretarse a finales de este año. Hasta hoy la VALE no registra domicilio en el Perú, ni a pagado suma alguna por el Impuesto a la Ganancia de Capital, fruto de las transacciones realizadas. O será porque la Miski ha mantenido la misma composición de participación desde el año 2011 al 2016?. Sus socios son la Vale Internacional SA de Brasil, con 0,12 % de participación y MVM Resources Internacional de Países Bajos con 99,88% de participación.