Tribunal de Contrataciones
del Estado unifica criterios
Mediante Acuerdo de Sala Plena N° 05-2017-TCE, el Tribunal de Contrataciones del Estado uniformizó criterios, respecto a los supuestos en que corresponde individualizar la responsabilidad de las empresas que integran un consorcio, desde el momento de la promesa formal, por la presentación de documentos falsos o adulterados contenidos en la oferta.
De acuerdo a lo señalado en el artículo 13° de la Ley de Contrataciones del Estado y artículo 220° del Reglamento, se permite a los proveedores agrupados en consorcio participar en los procedimientos de selección. Precisándose que las infracciones cometidas en esta etapa, así como en la ejecución del contrato, se imputan a todos sus integrantes de manera solidaria.
Con la salvedad que establece la Sala Plena del TCE, de poder individualizar la responsabilidad, por la naturaleza de la infracción, la promesa formal, contrato de consorcio o cualquier otro medio de prueba documental, de fecha y origen cierto, aplicándose una sanción al consorciado que la cometió.
El Acuerdo fue publicado el pasado 29 de setiembre en el Boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano.
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