viernes, 2 de enero de 2015

CNM suspende a Fiscal de la Nación Ramos Heredia en justa y necesaria decisión


Ante la decisión de hoy del Consejo Nacional de la Magistratura (CNM) de suspender al fiscal supremo y fiscal de la Nación Carlos Ramos Heredia, por seis meses, con votos de los consejeros Gonzalo García Núñez (quien se ha conocido encabeza las investigaciones), Gastón Soto Vallenas (integrante de la Comisión Disciplinaria), Pablo Talavera Elguera (actual presidente del CNM) y Luis Maezono Yamashita, el Instituto de Defensa Legal (IDL) declara lo siguiente:


1. EL IDL saluda la sana y justa decisión del CNM, de suspender al fiscal de la Nación en sus funciones después de haber llegado a la convicción de la gravedad de  los cuatro procesos disciplinarios que actualmente se le sigue. Esta decisión es la primera en su naturaleza para la historia del Ministerio Público y del CNM en democracia, la misma que creemos absolutamente justificada y necesaria.

2. La suspensión es una medida cautelar que el CNM ha adoptado frente a la solicitud de instituciones y denunciantes como el IDL, y que se hacía cada vez más necesaria además por los actos de obstaculización por parte del fiscal de la Nación en las investigaciones que se le siguen tanto en el CNM como en el Congreso de la República.

3. Asimismo, consideramos que la medida favorecerá  a mejorar la credibilidad y legitimidad del  Ministerio Público que con todos estos hechos y la negativa de separarse del cargo del doctor Carlos Ramos Heredia, alcanzó altos niveles de descrédito, solo comparables a los de la época fujimorista. También creemos que favorecerá al propio fiscal investigado para que pueda responder debidamente las investigaciones.

4. Era indispensable una desición de esta naturaleza para que los fiscales que tienen a su cargo las investigaciones de los casos emblemáticos como “La Centralita” y la “Red Orellana”, realicen sus labores sin ningún tipo de interferencias o presiones. Para ello, se deberán tomar todas las medidas urgentes para procurar esas condiciones.

5. Cabe resaltar que a pesar de ser la suspensión temporal una medida importante, no debe perderse de vista que los procesos disciplinarios ante el CNM deben continuar de acuerdo al ordenamiento jurídico y el principio de la no impunidad, así como las investigaciones que se desarrollan ante las comisiones respectivas del Congreso de la República a las que han sido llamados incluso actuales miembros del Consejo Nacional de la Magistratura.

6. Finalmente, lo que corresponde es que de inmediato, por la especial situación urgente ya conocida, se reúna la Junta de Fiscales Supremos para que teniendo en cuenta el criterio de acuerdo a ley, del fiscal Decano y lo indicado para situación similar de ausencia del presidente del Poder Judicial (artículo 75 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, artículo 24 de la Ley Orgánica del Ministerio Público) el cargo de Fiscal de la Nación recaiga en el fiscal supremo decano o de más antigüedad, es decir en el fiscal Pablo Sánchez. 

Puede leer la nota en el siguiente enlace: 


 
Prensa y Difusión - IDL

 

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