- Para que la ciudadanía, proveedores y usuarios conozcan las
funciones básicas del OSCE.
· De dos minutos de duración
En el marco de difusión de las acciones de
posicionamiento de la marca OSCE a
nivel nacional, el Organismo
Supervisor de las Contrataciones del Estado –OSCE lanzó dos
videos institucionales, uno de los cuales incluye la lengua de señas.
Los ciudadanos, así como los usuarios y
proveedores en general pueden acceder y conocer las características de estos
videos ingresando a https://youtu.be/2M8efXsbRgg
y https://youtu.be/6lKqE7wVVks.
Los videos tienen cada uno, dos minutos de duración y muestran de manera simple
cómo una persona puede inscribirse en el Registro Nacional de Proveedores –
RNP, así como acceder al Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado –
SEACE y realizar contratos con el Estado en un click a través del Convenio
Marco en el ámbito de la Ley de Contrataciones del Estado.
Los videos recuerdan que toda persona natural o
jurídica debe estar registrada en el RNP para venderle al Estado y que mayor
información puede encontrarla ingresando a www.osce.gob.pe
o acudiendo a cualquiera de las Oficinas Desconcentradas a nivel nacional.
OSCE www.osce.gob.pe
El OSCE,
http://portal.osce.gob.pe/osce/,
creado por la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada mediante Decreto
Legislativo Nº 1017, es un organismo técnico especializado con personería
jurídica de derecho público, adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas –
MEF, que goza de autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y
financiera.
Es el organismo encargado de velar y promover el cumplimiento de la
normativa de contrataciones del Estado; supervisar y fiscalizar de forma selectiva
y/o aleatoria los procesos de contratación que llevan a cabo las Entidades bajo
el ámbito de la citada normativa; proponer estrategias destinadas al uso
eficiente de los recursos públicos involucrados en dichas contrataciones; y
administrar el Registro Nacional
de Proveedores – RNP y el Sistema
Electrónico de Contrataciones del Estado – SEACE, entre otras
funciones establecidas en el artículo 58 de la Ley de Contrataciones del
Estado.
No hay comentarios:
Publicar un comentario