El ex procurador adjunto Iván Meini |
Ideeleradio.- La base para el anunciado
hábeas corpus a favor del expresidente Alberto Fujimori es una de las
consecuencias más nefastas del fallo que emitió la Sala Penal Permanente que
preside Javier Villa Stein, porque se sustentará en que la Corte Suprema tuvo
un trato diferenciado respecto a la condición jurídica del exmandatario y la de
los miembros del grupo Colina en cuanto al tema del delito de lesa humanidad,
sostuvo el ex procurador adjunto Iván Meini.
Fue al cuestionar la sentencia del tribunal
supremo que preside Javier Villa Stein que retira la calificación de delito de
lesa humanidad en el caso Barrios Altos y al comentar la posibilidad de que
Fujimori Fujimori utilice esto y presente un recurso contra la condena de 25
años, a pesar de que esta resolución tiene el carácter de cosa juzgada.
“Podrá interponer, como ya lo ha planteado
César Nakazaki, un hábeas corpus porque [dirá que] se estaría vulnerando el
derecho constitucional al debido proceso de Alberto Fujimori e intentar
cuestionar el por qué ese trato diferenciado. Objetivamente, hay un trato
diferenciado, [es decir] por el mismo hecho se trata a varias personas de
manera distinta. Yo creo que esa es una de las consecuencias más nefastas que
tiene la sentencia [de Villa Stein]”, explicó en el programa No Hay Derecho de Ideeleradio.
“La sentencia que condena a Alberto Fujimori
tiene calidad de cosa juzgada, […] pero claro, el Perú a veces parece un
Macondo jurídico, con recursos que se han admitido y sentencias que se han dado
sin que haya base legal para hacerlo. […] Cuando se emite una sentencia sobre
un hecho que antes fue catalogado como lesa humanidad, la puerta que se abre es
a la duda […]”, refirió.
Fallo contra Fujimori es cosa juzgada
Remarcó que la pena que recibió Alberto
Fujimori por parte del tribunal que encabezó el hoy presidente del Poder
Judicial, César San Martín, tiene la condición de cosa juzgada y que solo
podría ser dejada sin efecto, bajo el supuesto negado de que se detectara un
fraude en la cosa juzgada o que existan nuevas pruebas que indique la inocencia
del procesado.
Subrayó que si bien no existen argumentos
legales para cuestionar la condena a Alberto Fujimori, porque en el caso
Barrios Altos se configura un delito de lesa humanidad, el abogado César
Nakazaki está en todo su derecho de objetarla, a raíz del cuestionado fallo de
la sala de Villa Stein.
“Creo que el señor César Nakazaki ya lo
anunciado, él tiene en principio todo el derecho de cuestionar por qué a
Alberto Fujimori se le trata como autor de un delito de lesa humanidad –y , por
ende, se establecen que esos hechos no prescriben, que no tiene derecho a
amnistía ni indulto ni ciertos beneficios penitenciarios – si es que por esos
mismos hechos la propia Corte Suprema ha dicho que para otra gente no son de
lesa humanidad –y sí les da la posibilidad de que prescriban, de beneficiarse
con amnistía o indulto o de acceder a beneficios. Eso, objetivamente, es un
trato diferenciado para distintas personas que están vinculados a un mismo
hecho”, explicó
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