ESCRIBE:
JORGE MANCO ZACONETTI (Investigador UNMSM)
En un
artículo del mes de marzo pasado escribía sobre la disminución del impuesto a
la renta recaudado por el Estado correspondiente al ejercicio 2012 en relación
al 2011 a partir de la riqueza generada por las empresas mineras. Con el nuevo
marco tributario minero amigable aplicado a partir del último trimestre del
2011 era previsible que la distribución del canon minero para el período junio
2013 a mayo 2014 tuviese una drástica reducción, como se pueden observar en los
cuadros respectivos.
El
gobierno interesadamente y tardíamente publicó la distribución del canon minero
entre los gobiernos locales y regionales más la cuenta de las universidades
nacionales (supuestamente el 5 por ciento) ahora separadas de los gobiernos
regionales como una responsabilidad del gobierno nacional, según la publicación
oficial de Transparencia Económica del MEF en vísperas del 28 de Julio.
Es más,
la problemática del canon minero fue un tema obviado en el último discurso
presidencial reafirmando la necesidad pública de los proyectos mineros sin
consulta previa, supuestamente para mantener el crecimiento económico con
inclusión social. Por ello, es más que retórica la supuesta industrialización
de las materias primas que se están exportando en un modelo que impone un
crecimiento empobrecedor, altamente vulnerable de la demanda externa y los
vaivenes de los precios internacionales.
Con la
proximidad de las fiestas patrias, más los escándalos de la repartija de los
cargos al Tribunal Constitucional, Defensoría del Pueblo y Banco Central de
Reserva en un decadente Congreso de la República, decisiones que fueron
repudiados por las fuerzas populares y democráticas con una presencia masiva de
jóvenes universitarios, abriendo un nuevo ciclo político de oposición y rechazo
a la política económica del presente gobierno que se puede sintetizar en: “Más
de lo mismo”.
En razón
de ello la problemática del canon minero, renta derivada de la mayor
importancia para las regiones mineras pasaba a un segundo plano. Pero como “no
se puede desvestir a un santo para vestir a otro” se tenía que publicar la
información, y los alcaldes de la provincia cuzqueña de Espinar fueron los
primeros en pedir explicaciones en el ministerio de Energía y Minas, sin
resultados satisfactorios.
Por tanto
será nuestra preocupación repensar y analizar lo que pasará en las próximas
semanas con las regiones y gobiernos locales que dependen en grado sumo para
las inversiones públicas de dichas transferencias que al experimentar
significativas reducciones como es el caso del Cusco (90 por ciento), Ayacucho
(80 por ciento), Arequipa (41 por ciento), Pasco (52 por ciento), Huancavelica
(46 por ciento), Ica (44 por ciento), Junín (40 por ciento) entre otros
departamentos, que exigirán no solamente explicaciones sino también fórmulas
compensatorias.
¿POR QUÉ
DISMINUYEN LOS MONTOS TOTALES DEL CANON?
Desde
nuestro punto de vista la problemática del canon minero, y las posibles
alternativas que se pueden presentar en un horizonte cada vez más conflictivo,
debieran determinar una negociación estratégica entre los gobiernos locales,
regionales, el Estado y las empresas mineras.
Si bien
la determinación del canon minero definido como el 50 por ciento del impuesto a
la renta por las empresas mineras pudiera tener imperfecciones,
discriminando a las regiones mineras frente a los departamentos que no tienen
actividad minera, con el agravante de la existencia de montos significativos
depositados en las cuentas de los gobiernos locales y regionales sin ejecutar,
sumadas a cuestionables decisiones de gasto con niveles de corrupción en
algunos gobiernos, no se justificaría esta afectación en la determinación y
distribución del canon minero.
Si bien
la normativa todavía vigente del canon minero determina que el 10 por ciento le
corresponde al distrito donde opera la unidad minera, el 25 por ciento para la
provincia donde operan las unidades mineras y el 25 por ciento para los
gobiernos regionales incluyendo el 5 por ciento para las universidades
públicas, asumiendo la distribución del 40 por ciento restante entre todos los
gobiernos locales (provinciales y locales) del departamento asumiendo unos
índices de distribución en función a la población y los niveles de pobreza
Así, al
margen del interesado optimismo del primer mandatario sobre el supuesto
blindaje de la economía peruana ante el agravamiento de la crisis
internacional, lo cierto y evidente, es que el canon seguirá disminuyendo para
las regiones mineras, por los menores ingresos y utilidades operativas que
obtendrán las empresas, igualmente se reducirá por los diversos mecanismos que
existen para cargar a los costos de venta una serie de gastos deducibles, y los
beneficios tributarios que gozan las empresas mineras (reinversión de
utilidades, depreciación acelerada, amortización de intangibles, arrastre de
pérdidas, falsos costos, crédito tributario por el IGV pagado en las compras de
bienes y servicios para las actividades de exportación etc.)
Por ello,
a los menores ingresos que obtendrán las empresas mineras en el 2013 en
relación al 2012 tanto por la relativa caída de los precios del oro, plata y en
menor medida del cobre, se debiera agregar la determinación de gasto deducible
a la nueva regalía, el impuesto especial a la minería y sobre todo “el gravamen
especial” para las empresas mineras con contrato estabilidad jurídica y
tributaria, como las causas fundamentales que al reducir la utilidad imponible
disminuyen los ingresos de los trabajadores mineros en la “participación de
utilidades” (8 por ciento de la utilidad imponible) y lo más importante se
afecta la recaudación fiscal por una menor cuantía del impuesto a la renta (30
por ciento de la utilidad imponible)
UN
AMIGABLE GRAVAMEN
Si bien
en el 2012 lo recaudado por el fisco por concepto del “gravamen especial a la
minería” constituía el rubro más importante con 942 millones de nuevos soles
monto abonado por el llamado “cogollo minero” entre las cuales se ubican Mra.
Antamina, Mra. Cerro Verde, Mra. Tintaya, Mra. Barrick Misquichilca entre las
más significativas. En función del nuevo marco tributario minero los montos
abonados por concepto de gravamen tienen el carácter de gasto deducible de la
utilidad imponible.
Es decir,
las empresas asumieron trimestralmente los abonos del gravamen especial a la
minería durante el 2012 y en la regularización y declaración final del impuesto
a la renta del ejercicio fines de marzo del 2013, en sus estados financieros
auditados y declaración anual ante la SUNAT deducen los abonos de la utilidad
imponible disminuyendo la participación de los trabajadores mineros en la
distribución de las utilidades y sobre todo recortando el impuesto a la renta
que constituye la base del canon minero.
En este
contexto se manifiesta una concentración de la riqueza minera a favor del
Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) pues los montos del gravamen especial
minero son ejecutados con discrecionalidad, dependen directamente del
todopoderoso ministro de economía Dr. Luis Castilla, supuestamente para
priorizar las inversiones públicas en aquellas regiones que no tienen los
beneficios de la actividad minera ni gozan de las transferencias del canon
minero.
A
diferencia del gravamen especial, las nuevas regalías mineras como el impuesto
especial a la minería tienen una distribución reconocida que beneficia con el
20 por ciento de las regalías al distrito y provincia donde opera la unidad
minera más un 20 por ciento para el gobierno regional incluida la universidad
pública (5 por ciento), distribuyendo los montos restantes (40 por ciento)
entre los gobiernos locales del departamento según las necesidades básicas
insatisfechas (NBI)
Así, las
nuevas regalías y el impuesto especial a la minería que al igual que el
gravamen se fijan como una participación sobre la tasa de utilidad operativa de
las empresas mineras que no tienen contrato de estabilidad jurídica y
tributaria vigente firmados con el estado (SPCC, Shougang, Milpo, Mra. Volcan,
Minsur, etc.)
Las
nuevas regalías sumaron los 572 millones de nuevos soles recaudados en el 2012
y 442 millones el impuesto especial a la minería. Todas estas categorías
tributarias son deducibles de la utilidad imponible, lo que determina una
disminución absoluta de 1,395 millones de nuevos soles del canon minero en
relación al período anterior (2012) tal como se puede apreciar respectivo.
Así, el
canon minero distribuido en el 2012 correspondiente al ejercicio fiscal del
2011 fue superior a los 5,201 millones de nuevos soles, y el canon recientemente
distribuido para el período julio 2013 a junio 2014 suma los 3,806 millones de
nuevos soles, lo que significa una disminución relativa del 37 por ciento, que
afecta gravemente a los gobiernos regionales y locales de los departamentos
arriba citados, tal como se puede observar en el cuadro “Distribución del Canon
Minero según gobierno local, gobierno regional y gobierno nacional
(universidades)
Si bien
en el artículo anterior “La Realidad del Nuevo Marco Tributario Minero”,
terminaba con este párrafo que adquiere particular vigencia pues en el
futuro esta realidad se reproducirá en extensión y profundidad para los
gobiernos locales, y regionales más universidades públicas en los próximos
años.
Así
escribía :“Esta realidad se agravará con el término de la bonanza de los
precios de los metales a nivel internacional, el menor crecimiento de la
economía China, la postergación de los nuevos proyectos mineros y los mayores
conflictos sociales que se avecinan ante los menores montos del canon minero por
distribuir. En resumen, se repetirían los ciclos económicos de la historia
económica en el Perú, que se reducen como diría Jorge Basadre en la frase, el
“país de las oportunidades perdidas”
Lo
paradójico sobre esta concentración de la riqueza a manos del Estado central
ocurre en un gobierno supuestamente nacionalista que apostó por la
descentralización fiscal, las políticas de inclusión social y una sustantiva
revisión del modelo de acumulación primario exportador de crecimiento minero.
Por ello,
si en algunos departamentos el canon minero se mantiene como sería el caso de
Cajamarca a pesar de la menor producción aurífera de Mra. Yanacocha, o incluso
aumenta como sería el caso Ancash, y La Libertad sus autoridades locales y
regionales debieran tener la certeza que la realidad será muy distinta por los
menores ingresos y utilidades operativas que las empresas mineras obtendrán en
el ejercicio fiscal 2013, tal como ha quedado demostrado con la información
disponible al primer semestre.
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