domingo, 8 de julio de 2012

CONSULTAS VECINALES PARA DEMARCACIÓN TERRITORIAL SERAN CONVOCADAS POR JURADO NACIONAL DE ELECCIONES


·         Decreto Supremo introduce modificaciones a reglamento de la Ley de Demarcación y Organización Territorial

El Decreto Supremo N°063-2012, publicado el 7 de junio en el diario oficial El Peruano modificó el Reglamento de la Ley 27795-Ley de Demarcación y Organización Territorial, en relación al mecanismo de la consulta vecinal, las condiciones para la inscripción de los vecinos, los plazos y el procedimiento de la misma.


De acuerdo a la norma, a partir de hoy están considerados como vecinos no solo los ciudadanos, peruanos o extranjeros, que cuenten por lo menos con dos años de residencia de manera continua en el ámbito territorial sujeto a alguna de las acciones de demarcación territorial, sino también aquellos que acrediten que cuentan con una propiedad inmueble situada en la misma zona.

Asimismo, se ratifica como mecanismos de consulta vecinal la encuesta técnica y la consulta poblacional, organizadas por los gobiernos regionales bajo la supervisión de la Dirección Nacional Técnica de Demarcación Territorial (DNTDT); así como el referéndum y/o consulta vecinal, el cual estará a cargo de los organismos electorales.


La norma también establece que las consultas vecinales serán aprobadas, mediante una resolución por la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM) y serán convocadas por el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) dentro de los 15 días posteriores de ser oficiadas por la PCM.


Por su parte, el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec) elaborará el padrón electoral del proceso dentro de los 60 días posteriores a la convocatoria y remitirlo al JNE en los siguientes cinco días para su aprobación. La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) procederá a realizar la consulta vecinal dentro de los 90 días posteriores a la aprobación del padrón.


Las controversias que se generen durante el desarrollo de la consulta vecinal o como consecuencia de este proceso serán resueltas en instancia definitiva por el Jurado Nacional de Elecciones.

El Decreto Supremo fue aprobado en Consejo de Ministros y está refrendado por el presidente Ollanta Humala Tasso, y el jefe del Gabinete, Oscar Valdés Dancuart.

La Ley 27735 - Ley de Demarcación y Organización Territorial se promulgó con la finalidad de establecer las definiciones básicas, criterios técnicos, lograr el saneamiento de límites, la organización racional del territorio de la República y los procedimientos para el tratamiento de la demarcación territorial, cuya competencia es exclusiva del Poder Ejecutivo.

No hay comentarios:

Publicar un comentario