Estimados amigos: Este señor Cesar Lorenzo Bernabé Gutiérrez,
quien se autocalifica al final de su extensa carta como una persona NO CUERDA,
como dice textualmente: "porque si fuera cuerdo ya me hubiera suicidado al
ver tanta injusticia y corrupción". Respecto al tema de fondo en el cual también
me involucran podemos resumirlo qu hubo un informe que concluía que Savia
afectaba a los recursos y esta empresa reclamo que en el informe NO DEMOSTRABA
esa conclusión y fue cambiada a AFECTARIA, pero tampoco lo demostraba y fue
cambiado a NO AFECTA.
Lo más importante será que ese informe sea colocado
en la web de ITP (si es que no lo esta) y que los que conocen del tema opinen técnicamente.
Lo que a mi me parece tonto es que se me haya involucrado en algo que ocurrió antes
de mi gestión como presidente de dicha institución, porque al parecer (no
muestra pruebas) envié el informe a la empresa que formalmente me lo solicito
(ley de transparencia). Ese informe NO PUEDE HABERSE PERDIDO, salvo que el
cuestionado Sr Trinidad, que hizo el estudio legal, y que lo botaron del ITP se
lo haya llevado adrede. En resumen esta denuncia es un refrito que la usaron
para justificar los salvajes cambios que hicieron en el ITP. Yo le pediría al Sr.
Bernabé que diga quien lo financia y sería bueno conocer su CV en detalle.
También sería bueno si de verdad quiere combatir la
corrupción, que se dedique a denunciar a los que dieron la RM 017 2011 o el DS
005 u otros que aparte de ser ilegales atentan contra el recurso anchoveta.
Saludos y que pasen una FELIZ NAVIDAD Ojala Santa Clauss nos traiga nuevas
autoridades Luis Icochea p.d: Se busca viceministro de pesquería que reemplace
al actual que ha abandonado su puesto solicitando vacaciones que NO LE
CORRESPONDE por el corto plazo que tiene trabajando, que no llega al año de
trabajo.
Si está agotado pues que se vaya del todo. Carta a
la Opinión Pública Estimados colegas, funcionarios del Estado Peruano, amigos,
comunicadores sociales y periodistas de los diversos medios de comunicación
Reciban cordiales saludos Como sabrán hasta hace algunas semanas se realizó un
evento contra la “corrupción” y la pregunta es ¿Basta con realizar esos eventos
o es mejor realizar acciones? Yo prefiero realizar acciones.
En diversos emails y noticias he leído opiniones
sobre el tema de la corrupción, bueno, de mi parte el día 14 de Diciembre del
2012 he denunciado penalmente ante el Ministerio Público a la empresa SAVIA
Perú S.A. y a varios funcionarios del ITP y de otras entidades del sector
público ¿Debido a qué? Quienes me conocen tienen conocimiento que el 11 de Mayo
del 2012 como ciudadano y como Abogado de Derechos Humanos interpuse Demanda
Constitucional de Acción de Amparo contra el Ministerio de Energía y Minas y
contra la citada empresa a fin de salvaguardar la biodiversidad que existe en
el mar de la Bahía de Sechura frente a la pretendida “imposición” del Proyecto
Gasífero Petrolífero de la empresa SAVIA Perú S.A.
Es por ello, que no sólo por esa vía he accionado
sino que también administrativamente con fecha 01 de Junio del 2012 en la que
mi amigo el Arquitecto Jorge Luis Rojas Siesquén invocando interés legítimo en
la defensa del medio ambiente (por ser un derecho difuso defender el medio
ambiente) solicitamos la improcedencia del citado proyecto debido a la
existencia de vacíos legales de hecho y de derecho, es decir sólo un ejemplo,
en el procedimiento administrativo de la empresa SAVIA Perú S.A. NO APARECE EL
INFORME TÉCNICO POR PARTE DEL SANIPES-ITP pero si por parte del IMARPE
desgraciadamente el informe del IMARPE es en una hoja ¿Escandaloso verdad?.
Así es, o sea cómo es posible que en una hoja
profesionales del IMARPE planteen observaciones al Estudio de Impacto Ambiental
de la empresa SAVIA Perú, en fin, otro ejemplo, en diversos informes del
Ministerio de Energía y Minas (Informe N° 127-2009-MEM-AAE/UAF, de fecha 07 de
Agosto del 2009, Informe N° 143-2009-MEM-AAE/UAF, de fecha 28 de Agosto del
2009, Informe N° 150-2009-MEM-AAE/UAF, de fecha .03 de Septiembre del 2009,
Informe N° 160-2009-MEM-AAE/UAF, de fecha 30 de Septiembre del 2009) se aprecia
claramente que el Ministerio de Energía y Minas en los puntos III (Evaluación
de Proyecto) en lo que respecta a UBICACIÓN en los citados informes describe lo
siguiente: “El proyecto se plantea desarrollar en un área limítrofe y
compartida entre los lotes Z-2B (instalación de la Plataforma SP1A) y la
plataforma ES1, que corresponde al lote Z-6 (frente a la costa del Dpto de
Piura), abarcando parte del área marina de la Provincia de Sechura…”, tengan en
cuenta que dice instalación de plataforma SP1A o sea que dicha plataforma NO
está instalada.
Para ir aclarando el tema estamos hablando del
“Estudio de Impacto Ambiental del Proyecto Instalación y Operación de Tres
Tuberías Submarinas entre Plataformas SP1A y ES1 hasta Punta Lagunas” (Proyecto
de la empresa SAVIA Perú S.A.), pero su anterior proyecto como PetroTech
Peruana S.A. fue “Estudio de Impacto Ambiental del Proyecto Perforación de
Pozos Exploratorios, de Desarrollo y Facilidades de Producción, Lote Z-2B” y en
éste proyecto inicial la plataforma SP1A la empresa PetroTech Peruana S.A. manifestó
que ya está instalada y es para producir petróleo, la pregunta es ¿Con la
instalación de las tres tuberías submarinas se transportará gas o petróleo
tomando en cuenta que la primera tubería parte de la plataforma SP1A? La
respuesta es obvia.
En la denuncia penal que adjunto Ustedes podrán
confirmar que la plataforma SP1A está operativa y produce nada más y nada menos
que petróleo, esto es, vean la página 13 de mi denuncia sobre el documento de
fecha 21 de Junio del 2010 en la que SAVIA Perú S.A. en su punto 1 señala:
“Actualmente tenemos en operación las plataformas SP1 y SP1A…”¿Quién dice la
verdad y quién miente?.
Bueno,
dejémoslo ahí y hablemos de mi denuncia penal saben para no aburrirlos en datos
adjuntos Ustedes podrán darse cuenta que mis fundamentos de hechos están
fundamentados con las pruebas pertinentes, pruebas que también adjunto en mi
denuncia, resumiendo mi denuncia es debido a la manipulación del informe del SANIPES-ITP
del año 2009 ¿Sobre qué informe? del informe que originariamente en su numeral
3.2.5 denominado “Actividades Agrícolas, Ganaderas y Mineras” en su segundo
párrafo textualmente se determinó lo siguiente: “Así mismo Petro-Tech S.A.,
afectaba las actividades de repoblamiento de concha de abanico debido a sus
trabajos de exploración de hidrocarburos en el Zócalo Continental Norte-Piura,
San Francisco y San Pedro, en una extensión de 200 000 Has.
Actualmente, por motivos de ordenanza municipal,
paralizó sus operaciones en la zona de influencia de la Bahía de Sechura”. ¿Qué
sucedió después? EL CITADO INFORME FUE ADULTERADO y lo resumo de la siguiente
manera como lo han leído y lo comprobarán al leer mi denuncia se estableció la
palabra “afectaba”, luego se cambia a la palabra “afectaría” y finalmente se
cambia a las palabras “no afecta” ¿Por qué se dio el cambio? Por influencia de
la empresa SAVIA Perú S.A. y la manipulación y adulteración del informe
originario en la que varios funcionarios del ITP, SANIPES, PRODUCE y Otros
participaron en beneficio de la citada empresa, es por ello que el Jefe de
Asesoría Legal del ITP el 12 de Diciembre del 2012 emite el Informe Legal N°
015-2011-ITP/OAJ y determina: “3.1.Que existen indicios preliminares para
estimar que funcionarios públicos del Instituto Tecnológico Pesquero del Perú
(ITP), presuntamente han incurrido en actos de favorecimiento a intereses
particulares contraviniendo la corrección y probidad en el actuar que debe
tener todo funcionario”.
Ésta es la razón por la que en el procedimiento
administrativo que da sustento a la evaluación del Estudio de Impacto Ambiental
de la empresa SAVIA Perú S.A. NO APARECE EL INFORME DEL SANIPES-ITP. Obviamente
si el informe adulterado se anexara al procedimiento administrativo del
proyecto de la empresa SAVIA Perú S.A. de oficio aunque no quisiera el gobierno
tendría que declarar la inviabilidad del mencionado proyecto, toda vez que es
clara la complicidad del Estado para favorecer a la citada empresa ¿Las
autoridades que me leen pondrían cartas en el asunto y hacer lo que es justo?.
Quisiera que leyeran detenidamente el Memorandum N°
295-2011-ITP/DCSMAA en la que se adjunta el Informe N°
11-2011-ITP/SANIPES/DCSMAA/JPM sobre la “Evaluación y Clasificación de las
áreas de producción de moluscos bivaldos, referido al ítem 3.2.5 del modelo de
Informe de Reevaluación Sanitaria de la Bahía de Sechura” con el citado informe
se demuestra el sustento técnico a la palabra "afectaba" y de acuerdo
al Informe Técnico sobre Caso SAVIA de fecha 28 de Mayo del 2012, frente al
riesgo existente por parte de la actividad de la empresa SAVIA Perú S.A. los
funcionarios denunciados debieron si o si aplicar el principio de cautela o de
precaución (literal “d” del numeral 2.1.2. del citado informe) y poder
salvaguardar la actividad acuícola en la Bahía de Sechura, más aun en
consideración de las exigencias sanitarias del mercado europeo respecto a la
inocuidad del producto hidrobiológico de la concha de abanico, pero sin embargo
dicho principio se dejó de lado lo que es indignante para beneficiar a la
empresa SAVIA Perú S.A..
Algo que debo agregar que con respecto a la
petición administrativa iniciada por el Arquitecto Jorge Rojas Siesquén los
funcionarios del Ministerio de Energía y Minas no supieron responder dentro del
plazo legal de 30 días hábiles, es por ello que al no tener respuesta por parte
del gobierno el día 16 de Julio del 2012 en horas de la mañana se presentó la
Declaración Jurada de Aplicación del Silencio Administrativo Positivo de acuerdo
a la Ley N° 29060, lo que significa que administrativamente logramos paralizar
el procedimiento administrativo de la empresa SAVIA Perú S.A. pero qué creen
sólo duró horas ese triunfo porque ¿Qué creen que hizo el Ministerio de Energía
y Minas al ver nuestra acción? El mismo 16 de Julio del 2012 en horas de la
tarde publican en su página web el Oficio N° 1426-2012-MEM/AAE en la que dan
respuesta tardía diciendo que la petición del 01 de Junio del 2012 no procede
debido a que el Arquitecto Jorge Rojas no domicilia en la zona de influencia
del proyecto de la citada empresa.
¿El colmo verdad? Todos los Abogados sabemos que
defender el medio ambiente es potestad de cualquier persona sea del Perú o de
cualquier parte del mundo porque se trata de defender un Derecho Difuso (un
derecho que compete a todos por ser un Derecho de Tercera Generación), más aun,
en el Perú el Artículo 38° de nuestra Constitución expresamente establece
“TODOS LOS PERUANOS” tenemos el deber de defender nuestra Constitución y el Ordenamiento
Jurídico de la Nación, sabemos que no todo deber es un derecho, pero sabemos
bien que un Derecho constituye a la vez un Deber y si sabemos que todos tenemos
el Derecho a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de la
vida (inciso 22 del Artículo 2° de nuestra Constitución) entonces es nuestro
deber defender el medio ambiente y eso hacemos yo y mi amigo el Arquitecto
Jorge Rojas.
Bueno, respecto a mi Acción de Amparo, sabiéndose
que es obvia la complicidad del gobierno y la empresa SAVIA Perú S.A. a mí no
me sorprendió que declarasen improcedente mi demanda (el Juez con mala fe y
temeridad procesal mal interpretó mi petitorio), pero como a ningún ser humano
le gusta perder apelé a la Sala Civil de Piura y aunque la Sala Civil confirmó
la improcedencia interpondré Recurso de Agravio Constitucional para que sea el
Tribunal Constitucional quien resuelva, pero se sabe que cuando declaran de
plano improcedente una demanda ya no se lucha en la apelación para que se
declare fundada la demanda sino que se lucha para lograr que se admita la
demanda y ésta siga su curso regular, pero al haberse declarado improcedente mi
acción de amparo el Poder Judicial ha dilatado ilegalmente mi proceso
constitucional, así que frente a ello el día 21 de Noviembre del 2012 he
denunciado internacionalmente al Perú ante la Comisión Inter-Americana de
Derechos Humanos precisamente por el caso SAVIA Perú S.A. aplicando la
exoneración al agotamiento a los recursos judiciales internos de conformidad al
literal “c” del numeral 2 del Artículo 31° en concordancia con el numeral 2 del
Artículo 32° del Reglamento de la citada Comisión, así que de mi parte espero
con ansias la respuesta del Ministerio Público a mi denuncia penal, aunque soy
consciente que tal vez, tal vez el Fiscal declare que no procede mi denuncian,
si fuera así, el Fiscal tendría que sustentar su decisión (argumentos que
perjudicarían al Perú porque como sabrán existen medios probatorios que
demuestran la responsabilidad de funcionarios públicos y el favorecimiento a la
empresa SAVIA Perú S.A.).
Entonces, sea cual sea la decisión del Fiscal
fortalecería a mi denuncia internacional porque su decisión la adjuntaré como
otro medio probatorio más a mi denuncia internacional y poder demostrar la
confabulación no sólo del Poder Judicial sino también del Ministerio Público,
obviamente que también adjuntaré los medios probatorios que forman parte de la
denuncia que comparto con Ustedes.
Bueno, sé que a muchos les causará indignación todo
esto, pero así es como una persona debe actuar para combatir la corrupción,
particularmente yo no tengo miedo porque si fuera cuerdo ya me hubiera
suicidado al ver tanta injusticia y corrupción.
A las autoridades que me leen, hagan algo respecto
a la corrupción existente en el gobierno, no esperen que alguien que no es
autoridad ni político haga lo que Ustedes deben hacer como políticos y
autoridades a la vez. Archivos adjuntos: 1-Denuncia Penal contra ITP-SAVIA
(Incluye sus anexos a excepción de mi DNI) 2-Informe IMARPE (Incluye Oficio de
entrega al Ministerio de Energía y Minas, la segunda hoja es el informe del
IMARPE). 3-Informe N° 127-2009-MEM-AAE/UAF (Es uno de los informes del
Ministerio de Energía y Minas en donde pueden ver como ejemplo que en la parte
donde dice UBICACIÓN describe lo siguiente: “… instalación de la Plataforma
SP1A…”.
PD. Por favor sírvanse re-enviar éste e-mail a sus
contactos y a todos los medios de comunicación, gracias. En caso deseen
comunicarse conmigo, por favor, háganlo por este medio ya que por teléfono no
contesto llamadas de quienes no los tengo registrados, más aun que de hecho
quizá mi teléfono sea intervenido y además evito escuchar las amenazas de uno y
otro desquiciado que pretende intimidar a mi persona para que yo cese en mi
accionar en pro de la defensa de los Derechos Humanos y del Medio Ambiente. Que
tengan un excelente día. Atentamente,-- César Lorenzo Bernabé Gutiérrez Abogado
de Derechos Humanos - Human Rights Defender Reg. C.A.L. N° 44463 (Lima, Peru)
Reg. I.A.B.A N° 087/2058 (Washington, DC - USA) Reg. U.I.A. N° MI015585 (Paris,
France) Avant d’imprimer cet email, réfléchissez à l’impact sur
l’ncenvironnement. Please consider the environment before printing this mail.
Antes de imprimir este mail reflexiona sobre el impacto al medio ambiente.
"La justicia de los Derechos Humanos prevalece sobre cualquier acto
ilegal"
No hay comentarios:
Publicar un comentario