Tras ser observada por el Ejecutivo y devuelta al
Congreso de la República, el Pleno aprobó la insistencia al primer marco
legal que establece la condición militar de oficiales de reserva de las Fuerzas
Armadas (FF.AA); la cual, fue sustentada por el Presidente de la Comisión de
Defensa Nacional, Emiliano Apaza Condori; en el que se detalló que se aplicaría
a los que aprueben el curso de Formación de Oficiales de Reserva, que
implementen las instituciones de las FF.AA.
El legislador Emiliano Apaza relató, que desde el
año 2009 el Ejército ha convocado a cursos de formación de oficiales de
reserva, donde se les capacitó para que asuman cargos administrativos en casos
de que haya movilización nacional para afrontar situaciones de emergencia por
conflictos o desastres.
“Con esta norma se pretende cubrir con personal
capacitado los puestos de oficiales en las Fuerzas Armadas y en los casos de
movilización son oficiales de reserva 3 parlamentarios entre ellos el
Presidente del Congreso de la Republica Luis Ibérico Núñez, y las congresistas
Luisa María Cuculiza y Luciana León” indicó Emiliano Apaza.
Según la norma, el proceso de llamamiento ordinario
para los oficiales de reserva podrá disponerse anualmente mediante resolución
suprema, de acuerdo a los requerimientos, necesidades y en las fechas que
determine cada institución de las FF.AA.; asimismo, comprende a los reservistas
para periodos de instrucción y entrenamiento, hasta por treinta días
calendario.
Para el llamamiento extraordinario, el Poder
Ejecutivo dispondrá separadamente para cada institución de las FF.AA. por
periodos de instrucción entrenamiento por lapsos mayores de treinta días y para
cubrir las necesidades en casos de movilización nacional para afrontar
situaciones de emergencia ocasionadas por conflictos o desastres que atenten
contra la seguridad y Defensa Nacional.
En cuanto al proceso de instrucción y
entrenamiento, el parlamentario Emiliano Apaza Condori, mencionó, que deben
cumplir ciertos requisitos como, por ejemplo, ser peruano de nacimiento,
aprobar los exámenes médico y físico, según los
requerimientos de cada institución de las FF.AA, tener entre 25 y 45 años al
momento de la inscripción, presentar certificado de no registrar antecedentes
policiales, judiciales, ni penales, expedidos por el Fuero Común y el Fuero
Militar Policial; presentar además copia de título profesional Universitario o
de ser egresado de los colegios militares, el DNI, la constancia de afiliación
a un régimen previsional, y la constancia de inscripción militar (CIM) o
libreta militar (LM).
El Presidente de la Comisión de Defensa Nacional,
concluyo recalcando la importancia de esta norma ya que permitirá regular los
cursos de Oficiales de Reserva convocados por el Ejército desde el 2009 que a
la fecha no tenían marco legal. Permitiendo también la participación, apoyo e
identificación de la ciudadanía con nuestras Fuerzas Armadas.
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