viernes, 20 de noviembre de 2015

EL PLENO DEL CONGRESO APROBÓ LA INSISTENCIA DE LA PRIMERA LEY DE OFICIALES DE RESERVA DE LAS FF.AA.


Tras ser observada por el Ejecutivo y devuelta al Congreso de la República, el Pleno  aprobó la insistencia al primer marco legal que establece la condición militar de oficiales de reserva de las Fuerzas Armadas (FF.AA); la cual, fue sustentada por el Presidente de la Comisión de Defensa Nacional, Emiliano Apaza Condori; en el que se detalló que se aplicaría a los que aprueben el curso de Formación de Oficiales de Reserva, que implementen las instituciones de las FF.AA.

El legislador Emiliano Apaza relató, que desde el año 2009  el Ejército ha convocado a cursos de formación de oficiales de reserva, donde se les capacitó para que asuman cargos administrativos en casos de que haya movilización nacional para afrontar situaciones de emergencia por conflictos o desastres.

“Con esta norma se pretende cubrir con personal capacitado los puestos de oficiales en las Fuerzas Armadas y en los casos de movilización son oficiales de reserva 3 parlamentarios entre ellos el Presidente del Congreso de la Republica Luis Ibérico Núñez, y las congresistas Luisa María Cuculiza y Luciana León” indicó Emiliano Apaza.

Según la norma, el proceso de llamamiento ordinario para los oficiales de reserva podrá disponerse anualmente mediante resolución suprema, de acuerdo a los requerimientos, necesidades y en las fechas que determine cada institución de las FF.AA.; asimismo, comprende a los reservistas para periodos de instrucción y entrenamiento, hasta por treinta días calendario.

Para el llamamiento extraordinario, el Poder Ejecutivo dispondrá separadamente para cada institución de las FF.AA. por periodos de instrucción entrenamiento por lapsos mayores de treinta días y para cubrir las necesidades en casos de movilización nacional para afrontar situaciones de emergencia ocasionadas por conflictos o desastres que atenten contra la seguridad y Defensa Nacional.

En cuanto al proceso de instrucción y entrenamiento, el parlamentario Emiliano Apaza Condori, mencionó, que deben cumplir ciertos requisitos como, por ejemplo, ser peruano de nacimiento, aprobar los  exámenes  médico y físico, según los  requerimientos de cada institución de las FF.AA, tener entre 25 y 45 años al momento de la inscripción, presentar certificado de no registrar antecedentes policiales, judiciales, ni penales, expedidos por el Fuero Común y el Fuero Militar Policial; presentar además copia de título profesional Universitario o de ser egresado de los colegios militares, el DNI, la constancia de afiliación a un régimen previsional, y la  constancia de inscripción militar (CIM) o libreta militar (LM).


El Presidente de la Comisión de Defensa Nacional, concluyo recalcando la importancia de esta norma ya que permitirá regular los cursos de Oficiales de Reserva convocados por el Ejército desde el 2009 que a la fecha no tenían marco legal. Permitiendo también la participación, apoyo e identificación de la ciudadanía con nuestras Fuerzas Armadas.

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